FORMACION NIVEL BASICO PRL 60 HORAS RECURSO PREVENTIVO – ALBACETE MARZO 2017

 

 

 

 

 

 

 

 

FORMACION NIVEL BASICO PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 60 HORAS

logopl

40 HORAS ON-LINE MARZO 2017  http://cursos.prevencionlaborallosllanos.es/

10/03/2017 ( 7 HORAS ) PRESENCIAL C/ DEL AMPARO Nº 1 ALBACETE

30/03/2017 ( 7 HORAS ) PRESENCIAL C/ DEL AMPARO Nº 1 ALBACETE

31/03/2017 ( 6 HORAS ) PRESENCIAL C/ DEL AMPARO Nº 1 ALBACETE

Objetivos: 

El recurso preventivo tiene como objetivos principales:

  • Combatir la siniestralidad laboral
  • Fomentar una auténtica cultura preventiva
  • Integrar la prevención en la empresa
  • Mejorar el control del cumplimiento de la normativa

Qué se consideran recursos preventivos 

Recurso preventivo puede ser:

  • Uno o varios trabajadores designados
  • Uno o varios miembros del SPP
  • Uno o varios miembros del SPA
  • Uno o varios trabajadores de la empresa que, sin formar parte del servicio de prevención propio, ni ser trabajadores designados, reúnan los siguientes requisitos:
    • Conocimientos
    • Cualificación
    • Experiencia
    • Formación en prevención. COMO MÍNIMO, NIVEL BÁSICO

Es necesaria la presencia de recurso preventivo en las siguientes situaciones:

  • Cuando los riesgos puedan verse agravados por la concurrencia de operaciones diversas
  • Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales.
  • Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo.

Las funciones de los recursos preventivos son:

a) Vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas:

– Comprobación de su eficacia.
– Su adecuación a los riesgos ya definidos.
– Su adecuación a los riesgos no previstos.

b) En el caso de observar deficiente cumplimiento de las actividades preventivas:

– Dar las indicaciones necesarias para el correcto e inmediato cumplimiento de dichas actividades.
– Dar a conocer al empresario estas circunstancias para que éste adopte las medidas necesarias, si éstas no hubieran sido aún subsanadas.

c) En el caso de que se observe ausencia, insuficiencia o falta de adecuación de las medidas preventivas.

– Dar a conocer al empresario.
El empresario deberá proceder de manera inmediata a la adopción de las medidas necesarias para corregir las deficiencias y a la modificación de la planificación de la actividad preventiva y, en su caso, de la evaluación de riesgos laborales o plan de seguridad.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales señala que los Recursos Preventivos deben permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia.

Capacitación del recurso preventivo

 La Ley 54/2003 no indica ninguna titulación específica o cualificación profesional par el recurso preventivo, limitándose a indicar, en términos generales, el perfil profesional: conocimientos, cualificación y experiencia suficientes. La Ley 54/2003 considera legítima la asignación empresarial.
No obstante es conveniente matizar los puntos siguientes:

a) Conocimientos (técnicos): Deberán poseer conocimientos generales tanto de edificación como de procedimientos constructivos, de utilización de máquinas y equipos de obra, etc

b) Cualificación profesional (titulación): La titulación mínima (que garantizaría los conocimientos técnicos) debería ser la ofrecida por los Ciclos Formativos de F.P. No obstante la formación técnica estará lógicamente en consonancia con el nivel exigido a los miembros de los Servicios de Prevención (propios o ajenos), con objeto de que no haya una formación diferente entre el trabajador asignado con la formación de los miembros del Servicio de Prevención.

c) Experiencia: Deberán tener experiencia en obra, aunque sin olvidar la experiencia en organización de tajos de obra, operativa, de planificación y de carácter documental.

d) Formación preventiva: Deberá estar en posesión al menos de la formación correspondiente a las funciones de nivel básico, pero sin olvidar que este requisito es una condición mínima, pudiendo exigirse formación preventiva de mayor nivel (nivel medio o incluso superior) cuando se efectúen actividades de coordinación de actividades preventivas en el caso por ejemplo de concurrencia entre empresas subcontratistas y trabajadores autónomos del Contratista.

e) Medios necesarios:
Deberán disponer de los medios necesarios. Esto supone que deberá tener dotación suficiente, empezando por local, mobiliario y demás elementos necesarios (Ordenador, Impresora,…. etc.). Los medios materiales presenciales previstos en el Plan de Seguridad son exigibles de igual modo que lo son los medios humanos. A este respecto cabe señalar que la Ley 54/2003 establece muy claramente que «….deberán disponer de los medios necesarios…» y qué son los recursos materiales que el recurso preventivo pueda necesitar en la obra para poder llevar a cabo sus funciones (entiéndase por ejemplo la necesidad de aparatos de medida, etc…)

Número de recursos preventivos por contratista

Deberán ser suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas. Hay que tener presente que la preceptiva presencia de recursos preventivos se aplicará a cada contratista.

Permanencia en el centro de trabajo.– Deberán permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo previsto en el Plan de Seguridad. Por ello, podemos deducir claramente que:

  • Los recursos preventivos serán necesarios en aquellas Unidades de Obra que hayan sido especificadas en el Plan de Seguridad.
  • Si no han sido especificadas en el Plan de Seguridad, el Coordinador de Seguridad No debería aprobar el Plan.
  • El Plan no solo debe identificar cuando es necesario el recurso preventivo sino indicar qué debe hacer, vigilar y controlar en cada unidad de obra.

CARTEL CURSOS 60H ALBACETE